El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha convocado el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», correspondiente al año 2012.
Puede ser solicitado por cualquier empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad
en territorio español, siempre que reúna los requisitos establecidos en
el artículo 4 del Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que
se regula la concesión y utilización del distintivo "Igualdad en la
Empresa", y en la presente orden.
El plazo de solicitud finaliza el próximo 21 de enero de 2013.
El Real Decreto sobre el distintivo “Igualdad en la Empresa” fue aprobado en
Consejo de Ministros el 23/10/09, y publicado en el BOE de 3/11/09 (Real
Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y
utilización del distintivo "Igualdad en la Empresa"). Desarrolla
reglamentariamente la denominación del distintivo de igualdad, el procedimiento
y las condiciones para su concesión, los derechos y facultades derivados de su
obtención, las condiciones de difusión institucional de las empresas que lo
obtengan y de las políticas de igualdad aplicadas por ellas. Asimismo,
establecerá los procedimientos de control sobre el mantenimiento de las
condiciones y políticas que justifiquen su concesión y de retirada del mismo en
caso de incumplimiento de aquéllas por parte de las empresas.
El distintivo se convoca anualmente y tiene una vigencia de tres años, si
bien las empresas distinguidas deberán remitir un informe anual, que será
evaluado por la Dirección General para la Igualdad Oportunidades de la
Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, para demostrar que
mantienen el nivel de excelencia en materia de igualdad por el que se les
concedió el distintivo “Igualdad en la Empresa”.
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